El error que puede costarte el subsidio por desempleo

Descubre las sanciones del SEPE y cómo evitar perder tus prestaciones

Penélope O Álvarez | Mallorca, 18 de Marzo de 2025 | 15:36h

​El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene la facultad de suspender o extinguir las prestaciones por desempleo, incluyendo el subsidio para mayores de 52 años, si los beneficiarios no cumplen con sus obligaciones, como asistir a entrevistas de trabajo sin una causa justificada. ​

CONDICIONES DE UNA OFERTA DE EMPLEO ADECUADA

Para que una oferta de empleo sea considerada adecuada, debe cumplir con ciertos criterios establecidos por la normativa vigente:​

  • Relación con la experiencia y formación: La oferta debe estar vinculada a la última profesión desempeñada o alineada con la formación y experiencia del trabajador. Por ejemplo, no se consideraría adecuada una oferta de electricista para alguien cuya profesión anterior fue albañil.​
  • Condiciones salariales: El salario ofrecido debe ser, al menos, equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en el momento de la oferta.​
  • Ubicación geográfica: La oferta debe situarse en la localidad de residencia del desempleado o en una ubicación que no implique un perjuicio desproporcionado para su acceso. Aunque no existe una distancia específica definida en la legislación, se considera razonable que la oferta no esté a más de 30 kilómetros del domicilio del beneficiario.​

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS

Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años deben cumplir con una serie de obligaciones para mantener su derecho a la prestación:​

  • Presentación anual de la declaración de rentas: Es obligatorio informar al SEPE sobre los ingresos anuales para verificar el cumplimiento del requisito de carencia de rentas. ​
  • Compromiso de actividad: Implica la búsqueda activa de empleo y la disponibilidad para participar en ofertas laborales o acciones de formación propuestas por el SEPE.​
  • Comunicación de cambios: Se deben notificar al SEPE cualquier modificación en la situación laboral, personal o de residencia que pueda afectar al derecho al subsidio.​
  • Asistencia a citas y actividades: Es obligatorio acudir a entrevistas de trabajo, cursos de formación y otras actividades convocadas por el SEPE.​

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

El rechazo o la no asistencia a una oferta de empleo adecuada o a un curso de formación sin una causa justificada se considera una infracción grave. Las sanciones aplicables son:​

  • Primera infracción: Suspensión del subsidio durante tres meses.​
  • Segunda infracción: Suspensión del subsidio durante seis meses.​
  • Tercera infracción: Extinción definitiva del subsidio.​

Estas medidas buscan garantizar que los beneficiarios mantengan una actitud proactiva en la búsqueda de empleo y participen activamente en las oportunidades ofrecidas por el SEPE. ​

EXCEPCIONES EN EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS

A diferencia de otros subsidios, el subsidio para mayores de 52 años tiene particularidades específicas:

  • Reanudación tras suspensión: Este subsidio puede reanudarse incluso después de un periodo de suspensión prolongado, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. ​
  • Extinción por incumplimiento: El subsidio se extinguirá si el beneficiario no cumple con el requisito de carencia de rentas durante 12 meses consecutivos o si transcurren 12 meses desde su suspensión sin haberse reanudado, salvo que haya trabajado durante ese periodo.​

Es fundamental que los beneficiarios conozcan y cumplan con estas obligaciones para evitar sanciones y garantizar la continuidad de sus prestaciones.

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