Archivan la causa contra dos aficionados del Barça por los insultos racistas a Vinicius
La jueza deriva el caso a la Oficina de Igualdad de Trato y No Discriminación tras no encontrar delito de incitación al odio
Redacción | Mallorca, 24 de Abril de 2025 | 18:51h | Actualizada el 24/04/2025 | 19:24h

La jueza del juzgado de instrucción número 18 de Barcelona, Carmen García, ha archivado la causa abierta contra dos aficionados del Barcelona por los insultos racistas dirigidos al futbolista del Real Madrid, Vinicius Jr., durante el clásico de octubre de 2023 en el estadio de Montjuïc. La decisión se tomó tras concluir que no existía delito de incitación al odio, ya que los insultos no tuvieron consecuencias y, además, el jugador ni siquiera los escuchó.
El Real Madrid, el jugador Vinicius Jr. y la Liga han recurrido esta decisión ante la Audiencia de Barcelona. La investigación se abrió a raíz de un atestado elaborado por los Mossos d'Esquadra debido a cánticos e insultos racistas dirigidos contra el futbolista durante el Barça-Madrid disputado en octubre de 2023.
IDENTIFICACIÓN DE LOS AUTORES DE LOS INSULTOS
Las grabaciones de las cámaras del estadio y el testimonio de un testigo permitieron identificar a tres seguidores del Barça como los autores de los gritos, uno de los cuales era menor de edad. Uno de los investigados se acogió a su derecho de no declarar, mientras que el otro reconoció su presencia en las imágenes, aunque negó que sus gritos fueran ofensivos, argumentando que solo había expresado "mucho morro" al árbitro en relación con una jugada polémica protagonizada por Vinicius.
La Fiscalía de Delitos de Odio de Barcelona solicitó el archivo del caso, argumentando que no se pudo aclarar con certeza qué expresiones se utilizaron contra el jugador. Aunque el informe de lectura labiofacial de La Liga indicó que se pronunciaron términos como "puto mono", Vinicius Jr. afirmó que se sintió ofendido por los gritos de "mono" y "tonto mono", pero destacó que no los escuchó durante el partido, sino cuando le mostraron las grabaciones posteriormente.
La jueza coincidió con la Fiscalía en que los insultos no tuvieron la gravedad suficiente como para calificar el hecho como un delito de incitación al odio, ya que no provocaron un "efecto llamada" entre los espectadores ni la suspensión del partido. Además, consideró que no todo lo que sobrepase los límites de la libertad de expresión debe considerarse un delito. Según la jurisprudencia, para que haya delito, las expresiones deben tener efectos públicos y afectar a las víctimas a las que se dirigen.
A pesar del archivo de la causa, la jueza ha decidido remitir el caso a la Oficina de Igualdad de Trato y No Discriminación para que investigue los hechos y, si lo considera oportuno, adopte sanciones administrativas.