Nuevas normas de movilidad en Palma: así afectarán a los usuarios de patinetes eléctricos
La normativa, que entrará en vigor en mayo, prohíbe circular por aceras y obliga a usar casco, seguro y chaleco reflectante
Redacción | Mallorca, 25 de Abril de 2025 | 13:12h

El pleno del Ayuntamiento de Palma aprobó este jueves, de forma definitiva, la nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, una normativa amplia que proporciona herramientas legales para luchar contra el incivismo y fomentar una ciudad más segura, ordenada y respetuosa.
Uno de los aspectos más destacados del texto es la regulación específica del uso de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, que deberán ajustarse a una serie de normas de circulación, equipamiento y responsabilidad.
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NORMAS PARA USUARIOS DE PATINETES
Con la nueva ordenanza, queda prohibido circular por aceras, plazas, jardines y zonas peatonales. Además, los conductores de patinetes deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros, y será obligatorio el uso del casco y de un chaleco reflectante homologado para aumentar la visibilidad.
También se exige que los usuarios se mantengan de pie sobre el vehículo, con ambos pies apoyados en la plataforma, durante todo el trayecto.
LIMITACIONES DE VELOCIDAD Y ZONAS DE CIRCULACIÓN
La ordenanza permite que los VMP circulen por:
- Calzadas limitadas a 30 km/h
- Calles con límite igual o inferior a 40 km/h
- Carriles bici, a un máximo de 10 km/h
- Carriles entre aparcamiento y acera, a un máximo de 15 km/h
En ningún caso podrán superar los 25 km/h. La edad mínima para conducir un patinete se fija en 16 años, o 15 años en caso de tener carné de conducir AM.
REQUISITOS PARA EMPRESAS DE ALQUILER
Las empresas que ofrezcan servicios de alquiler de VMP también estarán sujetas a nuevas exigencias. Tendrán que:
- Registrar e identificar todos sus vehículos
- Contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 800.000 euros
- Solicitar una autorización municipal si el grupo de usuarios en circulación supera las tres personas
ENTRADA EN VIGOR
La ordenanza entrará en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el BOIB, lo que se prevé ocurra a lo largo del mes de mayo. El Ayuntamiento ha señalado que esta normativa se aplicará desde el primer día, sin período de gracia, y que se acompañará de una campaña informativa en varios idiomas para concienciar sobre los nuevos requisitos.