Aprueban la reforma para mejorarla jubilación parcial, activa y de los fijos discontinuos
Las nuevas medidas autorizadas por el Consejo de Ministros entrarán en vigor en 2025
EFE | Mallorca, 23 de Diciembre de 2024 | 15:32h

El último Consejo de Ministros del año ha aprobado los cambios en materia de pensiones acordados durante el verano, que incluyen diversas modificaciones para mejorar el acceso a la jubilación parcial, la jubilación activa y la de los trabajadores fijos discontinuos.
MEJORAS EN LA JUBILACIÓN PARCIAL
Una de las modificaciones clave afecta a la jubilación parcial. A partir de ahora, se podrá anticipar el acceso a esta modalidad hasta tres años, en lugar de los dos años que se permitían anteriormente, aunque con ajustes en la reducción de la jornada laboral. Además, se mejorarán las condiciones para los trabajadores relevistas, ya que la contratación de estos deberá ser indefinida y a tiempo completo. Estas modificaciones entrarán en vigor el 1 de abril de 2025.
REGULACIÓN ESPECIAL PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA
En cuanto al sector manufacturero, se mantendrá la regulación especial vigente hasta 2029, aunque con algunos ajustes para mejorar las condiciones de los trabajadores relevistas. También se introducirá una regulación más equilibrada y flexible en cuanto a la organización de la jornada laboral de los jubilados y trabajadores en activo.
El Gobierno tiene previsto realizar una evaluación del impacto de esta reforma en el último trimestre de 2028.
FACILITANDO EL ACCESO A LA JUBILACIÓN ACTIVA
Otro de los cambios importantes aprobados es la modificación en la jubilación activa. Ahora, se elimina la necesidad de contar con una carrera de cotización completa para acceder a esta modalidad, facilitando así su acceso. Esta modalidad será compatible con los incentivos por demora en la jubilación, que aumentarán según el tiempo de retraso en el acceso a la pensión. El porcentaje de la pensión será del 45 % si la demora es de un año y llegará hasta el 100 % si la jubilación se demora cinco años o más.
Además, por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida, se incrementará el porcentaje de la pensión en 5 puntos, sin superar el 100 % de la pensión.
INCENTIVOS ADICIONALES POR DEMORA
Se introducirá también un incentivo adicional para la jubilación demorada: a partir del segundo año de demora, los trabajadores podrán recibir un incentivo extra por cada seis meses de demora, en lugar de tener que esperar un año entero como se hacía anteriormente.
MEJORAS PARA LOS FIJOS DISCONTINUOS
Los trabajadores fijos discontinuos también se beneficiarán de estas reformas, ya que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se utilizaba anteriormente para calcular el periodo de carencia necesario para acceder a la pensión por jubilación, incapacidad permanente, y muerte y supervivencia.
Por último, se ha solicitado al Gobierno que, en un plazo de seis meses, realice un análisis de los requisitos de la jubilación flexible con el fin de incentivar esta modalidad.
ACUERDO ENTRE PATRONALES Y SINDICATOS
Estas modificaciones forman parte del acuerdo alcanzado el verano pasado entre las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT, que buscan adaptar el sistema de pensiones a las nuevas realidades laborales y sociales.