¿Cuál es el límite de dinero en efectivo que se puede guardar en casa? Esto dice la ley

Redacción | 28/03/2024

Vivimos en la era del dinero digital, donde es posible realizar pagos de todo tipo de productos y servicios a través de métodos telemáticos.

Estos métodos tienen ventajas como la rapidez y una mejor trazabilidad del dinero. A pesar de ello, el dinero en efectivo sigue siendo muy apreciado por una parte significativa de la población.

Una práctica común, más habitual de lo que se pueda pensar en un principio, es la de guardar dinero en efectivo en casa.

Esta práctica, conocida tradicionalmente como "guardar dinero bajo el colchón", se realiza con el objetivo de contar con un fondo de emergencia en situaciones urgentes.

Es importante tener en cuenta que tener dinero en efectivo guardado en casa es completamente legal, sin embargo, las autoridades suelen monitorear de cerca el uso de este dinero, ya que a menudo se relaciona con la economía sumergida. Por lo tanto, surge la pregunta sobre cuánto dinero en efectivo se puede guardar en casa.

La respuesta es sencilla: no existen limitaciones específicas para guardar dinero en efectivo en nuestro domicilio, siempre y cuando se cumpla con lo que establece la ley, que básicamente implica declarar el origen de dicho dinero de manera correcta.

Para declarar el origen del dinero en efectivo que se tiene "bajo el colchón" en casa, se debe hacer a través de la declaración de la Renta, cuya Campaña 2023-2024 comenzará en unos pocos días.

Al acceder al borrador, el contribuyente debe asegurarse de que las cantidades de dinero en efectivo en su posesión estén correctamente reflejadas en sus ingresos, así como indicar el origen de esos fondos, ya sea rendimientos del trabajo, de capital mobiliario, de capital inmobiliario, ganancias patrimoniales, entre otros.

La Agencia Tributaria cuenta con diversos mecanismos de vigilancia sobre el dinero en efectivo, incluyendo la colaboración de los bancos. Estas entidades financieras están obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre movimientos que involucren billetes de 500 euros o transacciones en efectivo de 3.000 euros o más, según lo establecido en la Ley General Tributaria, artículo 93. Los bancos deben proporcionar toda la información relevante con trascendencia tributaria derivada de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con terceros.

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Comentarios

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  • Jose - 04 de Abril de 2024 a las 06:56
    Pero donde vamos a ir a parar pronto tributarrmos por la hucha de casa..la cuestión es recaudar.
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    0
  • Lol - 31 de Marzo de 2024 a las 15:15
    Claro y los corruptos que pasa
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  • ruben - 30 de Marzo de 2024 a las 17:03
    comienzo de dictadura episodio 1
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  • Dru ç - 29 de Marzo de 2024 a las 10:26
    Esto es la agenda diabólica 2030 donde no tendrás nada pero serás feliz como un borrego y a obedecer a los líderes mundiales satanistas.
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